Procedimiento
más común de manifestar la renuncia del derecho real que
se tenía sobre una cosa. Se tratapor tanto de un acto
unilateral,por el que el titular del derecho evidencia
su renuncia al mismo, desprendiándose por voluntadpropia
de la cosa sin necesidad de ningún tipo de formalidad
(por ejemplo lanzándola a la basura, sacando a la calle
un mueble viejo o abandonando un automóvil en la vía pública).
El abandono o desocupación es además un requisito indispensable
para la renuncia efectiva del derecho, pues la sola expresión
de la voluntad de renunciar es revocable, no admite la
ocupación de otro y no vincula al dueño. Con el abandono
se extinguen los derechos reales sobre la cosa, pero no
las obligaciones personales (como los daños causados o
los impuestos debidos). La cosa abandonada, si es mueble,
deviene nulliuspor lo que puede ser ocupadapor
otro y, si es inmueble, adquiere la condición de mostrenco
o vacante, quedando, en muchas legislaciones, atribuida
al Estado.